Normativa al día

Resolución 1843 de 2025: adiós al “Apto / No Apto”

Si tu empresa todavía recibe certificados médicos ocupacionales que dicen "Apto" o "No Apto", tienes un problema de cumplimiento: la Resolución 1843 de 2025 eliminó ese binario y lo reemplazó por cuatro conceptos que describen condiciones y acciones concretas. No es un cambio cosmético — cambia lo que tu empresa debe hacer con cada certificado que recibe.

Aquí te explicamos qué cambió, por qué, y qué debes ajustar en tu SG-SST para no quedar expuesto en una auditoría del Ministerio de Trabajo.

Por qué se acabó el "Apto / No Apto"

El binario tenía dos defectos de fondo:

  1. No le decía nada útil al empleador. "Apto" no traduce la evaluación clínica en acciones preventivas: ¿necesita pausas activas?, ¿EPP adicional?, ¿controles periódicos? El sello no lo decía.
  2. Discriminaba condiciones de salud manejables. La mayoría de los trabajadores no están en los extremos: pueden desempeñar el cargo con ajustes razonables. El "No Apto" cerraba la puerta donde la medicina veía una silla ergonómica o un cambio de turno.

La Resolución 1843 de 2025 obliga al médico a pensar en condiciones y acciones, no etiquetas. Ese es el espíritu de la norma.

Los 4 conceptos que reemplazan al binario

ConceptoQué significaQué debe hacer la empresa
SatisfactorioCumple todas las condiciones de salud para el cargo, sin limitacionesArchivar el certificado y continuar la vigilancia periódica normal
Satisfactorio con RecomendacionesCumple, pero el médico emite recomendaciones preventivasImplementarlas — no son opcionales: EPP adicional, pausas, controles, ajustes de hábitos
Satisfactorio con RestriccionesCumple con limitaciones explícitas, temporales o permanentesAdaptar el puesto en máximo 20 días hábiles (art. 19): tareas, posturas, cargas, horarios
No SatisfactorioCondiciones de salud incompatibles con las exigencias del cargoNo es despido automático: abre evaluación de reubicación o rehabilitación laboral

Existe además un estado transitorio: Aplazado. Aplica cuando faltan paraclínicos, interconsultas o información — el certificado queda abierto y no es un concepto final; debe cerrarse con uno de los cuatro anteriores.

Lo que esto cambia en la práctica para tu empresa

El certificado ahora te asigna tareas

Antes, el certificado era un trámite de archivo. Ahora, dos de los cuatro conceptos te obligan a actuar: implementar recomendaciones o adaptar el puesto en 20 días hábiles. Si en una auditoría apareces con certificados "con Restricciones" y ningún registro de adaptación del puesto, tienes una no-conformidad directa.

El punto de partida es el profesiograma

El médico no puede emitir un concepto serio si no sabe qué exige el cargo. Por eso la Resolución 1843 pone en el centro el perfil del cargo o profesiograma: el documento que cruza los peligros de tu matriz de riesgos GTC-45 con los exámenes que cada cargo necesita. Sin profesiograma actualizado, los exámenes médicos ocupacionales de tu gente se hacen a ciegas — y el concepto pierde valor legal y preventivo.

Quién firma importa (mucho)

El concepto médico laboral solo lo puede firmar un médico especialista en salud ocupacional o SST con licencia vigente. Un certificado firmado por un médico general sin licencia SST es nulo, aunque el examen se haya hecho. Cuando contrates una IPS, verifica que el bloque de firma incluya registro médico y número de licencia SST con su vigencia.

La empresa no ve diagnósticos — y así debe ser

Un error frecuente (y grave): pedir que el certificado incluya el diagnóstico del trabajador. La historia clínica ocupacional es del trabajador, no de la empresa; la IPS la custodia por mínimo 20 años y el dato de salud es sensible bajo habeas data (Ley 1581 de 2012). Tu empresa recibe exactamente tres cosas: concepto, recomendaciones y restricciones. Nada más — y cualquier proveedor que te ofrezca más te está exponiendo legalmente.

Los certificados especiales no desaparecen

Si tu operación incluye actividades reguladas, los certificados sectoriales siguen vigentes además del concepto general:

  • Trabajo en alturas (Res. 1409/2012 y 4272/2021): certificado de aptitud psicofísica específico.
  • Conducción (Res. 1565/2014): CEAC para conductores.
  • Manipulación de alimentos (Res. 2674/2013): reconocimiento médico con laboratorios.
  • Buceo, armas, explosivos: regímenes propios.

Ninguno reemplaza al concepto médico laboral general — son complementarios y tienen formato propio.

Checklist rápido para tu empresa

  • Revisa los últimos certificados recibidos: si dicen "Apto", habla con tu IPS hoy.
  • Verifica que tu profesiograma esté actualizado y por cargo (es el insumo del concepto).
  • Define el flujo interno para "con Recomendaciones" y "con Restricciones": quién implementa, quién documenta, en qué plazo.
  • Confirma que tu IPS firma con médico especialista con licencia SST vigente.
  • Asegúrate de no estar archivando diagnósticos ni historias clínicas de trabajadores.

El cambio de la 1843 va en la misma dirección que creemos que debe ir la salud en Colombia: usar el lugar de trabajo — donde las personas pasan la mayor parte de su tiempo — como el espacio donde la salud se previene y se gestiona, no donde solo se sella un papel.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo aplica la Resolución 1843 de 2025?

La resolución ya está vigente. Los certificados de evaluaciones médicas ocupacionales emitidos hoy deben cerrar con uno de los cuatro conceptos nuevos (Satisfactorio, Satisfactorio con Recomendaciones, Satisfactorio con Restricciones o No Satisfactorio). Un certificado que diga 'Apto' expone al médico firmante y a la IPS a sanciones.

¿'No Satisfactorio' significa que debo despedir al trabajador?

No. El concepto 'No Satisfactorio' no implica desvinculación automática: abre un proceso de evaluación de reubicación o rehabilitación laboral. Despedir a alguien por su condición de salud sin agotar ese proceso puede constituir discriminación (Ley 361 de 1997).

¿Qué pasa si el concepto trae restricciones?

Con 'Satisfactorio con Restricciones', el empleador tiene 20 días hábiles para adaptar el puesto de trabajo a las limitaciones descritas (artículo 19). Las restricciones vienen explícitas en el certificado: tareas, posturas, cargas u horarios que se deben ajustar.

¿El certificado le llega a la empresa con el diagnóstico del trabajador?

No. La empresa solo recibe el concepto, las recomendaciones y las restricciones. Los diagnósticos y hallazgos clínicos hacen parte de la historia clínica ocupacional, que es del trabajador y queda bajo custodia de la IPS (Ley 23 de 1981, Resolución 1995 de 1999 y habeas data).

¿El certificado de trabajo en alturas también cambió?

Los certificados de actividades reguladas —alturas, conducción (CEAC), armas, buceo— siguen sus normas sectoriales y son complementarios: no reemplazan el concepto médico laboral general de la Resolución 1843, se emiten además de este.

Sigue leyendo

Para trabajadores Examen médico para aprendices SENA: guía completa 14 de julio de 2026 · 5 min Para tu empresa Examen médico ocupacional: qué es y cuándo se exige 11 de julio de 2026 · 5 min Para trabajadores ¿Cuánto cuesta el examen médico ocupacional en 2026? 11 de julio de 2026 · 6 min
WhatsApp